El Servicio de Impuestos Nacionales recordó que las operaciones comerciales realizadas en moneda extranjera deben registrarse utilizando el tipo de cambio oficial vigente establecido por el Banco Central de Bolivia, medida que busca mantener uniformidad en la emisión de facturas.
El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) reiteró que todas las operaciones comerciales pactadas en dólares estadounidenses deberán consignar en la factura el equivalente en bolivianos utilizando el tipo de cambio oficial vigente al momento de la transacción.
La disposición busca garantizar que todas las empresas y contribuyentes apliquen un mismo criterio al momento de emitir documentos tributarios, evitando diferencias en los registros contables y en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Las autoridades aclararon que la medida no modifica el precio acordado entre comprador y vendedor, sino que establece la forma en que debe registrarse la operación para efectos tributarios.
Especialistas señalaron que la normativa permitirá mantener un mayor control sobre las operaciones comerciales realizadas en moneda extranjera, especialmente en un contexto donde el dólar ha adquirido mayor protagonismo dentro de la economía nacional.
El SIN recordó a los contribuyentes la importancia de cumplir con las disposiciones vigentes para evitar observaciones o sanciones durante los procesos de fiscalización.
La mirada de AS Contenidos
Las operaciones en dólares son cada vez más frecuentes en distintos sectores económicos. Por ello, conocer cómo deben emitirse las facturas ayuda a brindar mayor seguridad tanto a empresas como a consumidores.

