Quiénes pagan Bs 18: las tres categorías que define el DS 5676

Usuarios directos, clientes directos y GRACOS quedan fuera del precio subvencionado, con umbrales que arrancan en los 120 litros mensuales.

El decreto crea tres categorías de compradores que deberán adquirir el diésel a precio referencial: los usuarios directos, que consumen entre 120 y 5.000 litros mensuales y generalmente cargan en estaciones de servicio; los clientes directos, que compran entre 5.000 y 19.999 litros al mes desde plantas de almacenaje; y los grandes consumidores (GRACOS), que adquieren 20.000 litros o más también desde esas instalaciones. El ministro de Hidrocarburos, Marcelo Blanco, aclaró que la clasificación no depende únicamente del volumen sino también de la forma en que se realiza el abastecimiento, y afirmó que “este decreto no tiene ninguna ambigüedad, es bien claro”. La norma establece además un mecanismo de control: si un transportista o particular solicita una provisión adicional que supere su consumo habitual, queda alcanzado por el nuevo esquema. El exministro de Hidrocarburos Álvaro Ríos señaló que entre los grandes consumidores figuran la minería aurífera, empresas constructoras y productores agrícolas.

La mirada de AS Contenidos: El umbral de los 120 litros mensuales es el número que más debería mirar el lector cruceño, porque es bajísimo. Un camión mediano o una avioneta de fumigación lo supera sin esfuerzo, y muchos pequeños productores del norte integrado también. El ministro dice que la norma “no tiene ninguna ambigüedad”; la práctica de esta semana en los surtidores va a decir si eso es cierto o si el pequeño y mediano productor termina pagando el precio pensado para las mineras auríferas.

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